Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0096/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
I.2.1. Ratificación del recurso
La recurrente a través de su abogado ratificó in extenso el tenor íntegro de su demanda, agregando que el art. 17 de la CPE, señala que no existe muerte civil, sin embargo, la Resolución de 3 de enero de 2005, no se encuentra enmarcada en ninguna de las tres “determinaciones” establecidas en el art. 13 del DS 212414, debiendo ese aspecto ser considerado, por lo que solicita se declare la procedencia del presente recurso.