SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0096/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0096/2006-R

Fecha: 25-Ene-2006

II.3.

II.3. Por Auto de 3 de diciembre de 2004, el Tribunal Disciplinario recurrido abrió término de prueba para acreditar los hechos denunciados (fs. 62) y, por Auto del mismo 3 de diciembre de 2004, dictado en el reverso de la foja del Auto anterior, señalando ser un “Auto de Enmienda y Complementación”(sic), se dispuso lo que siguiente: “Que por lapsus calamis en el Auto de apertura del proceso se consignó el segundo apellido como CALDERÓN, siendo lo correcto CASTELLÓN, se enmienda y complementa dicho Auto, por lo que la identificación de la procesada es MARIA CRISTINA MONTAÑO CASTELLÓN -fecha ut supra”(sic) (fs. 62 vta.); no consta en obrados que ninguna de las resoluciones hubiera sido notificada a María Cristina Montaño Castellón -ahora recurrente-.