SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0099/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0099/2006-R

Fecha: 25-Ene-2006

i)

Por su parte, el vocal Armando Pinilla Butrón, en la audiencia manifestó que: i) su participación en el proceso seguido contra Saturnina Choque Villca de Conde, por el delito de estafa, fue en calidad de Vocal concurrente a raíz de que la recurrente promovió demanda de recusación contra el Vocal, Gerardo Tórrez Antezana. Con la providencia para conformar sala, la recurrente fue notificada, quien no realizó ninguna observación; ii) se realizó una audiencia de fundamentación en la que intervino el Fiscal, dictándose la Resolución sin que previamente se hubiese hecho alguna observación, declarando inadmisible el recurso de apelación restringida porque no se reclamó oportunamente el saneamiento ni la reserva de recurrir; por cuanto, entre los fundamentos de la apelación presentada por la recurrente se acusó errores de procedimiento; entonces, estaba obligada a realizar la reserva y no lo hizo. El único momento en el que el Juez actúa de oficio es cuando el error es in judicando; iii) desde la ejecutoria de la Resolución han transcurrido más de seis meses, interponiéndose recién esta acción tutelar.