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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0101/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0101/2006-R

    Fecha: 25-Ene-2006

    será sancionado con privación de libertad de uno a cinco años

    Asimismo, el art. 337 del CP concibe al delito de estelionato de la siguiente manera: “El que vendiere o gravare como bienes libres los que fueren litigiosos o estuvieren embargados o gravados y el que vendiere, gravare o arrendare, como propios, bienes ajenos, será sancionado con privación de libertad de uno a cinco años”.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • Auto de Vista 36/2005
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • los requisitos para la interpretación de la legalidad ordinaria
    • 1.
    • III.2.
    • III.3.
    • será sancionado con privación de libertad de uno a cinco años
    • los delitos de estafa y estelionato son delitos instantáneos,
    • 2 de febrero de 1999

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