SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0952/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0952/2006-R

Fecha: 02-Oct-2006

II.1.

II.1.  Mediante informe jurídico 248/2005, de 22 de agosto (fs. 4 y 5), el  Jefe de la Unidad de Análisis y Gestión Jurídica de la Prefectura de Chuquisaca, recomendó a la Directora Departamental Administrativa y Financiera de esa entidad, la retención de los salarios de Rómulo Cruz Pemintel en su totalidad, por no haber rendido cuentas del Fondo en Avance que se le entregó el año 2003 para hacer frente a la sequía del Chaco Chuquisaqueño. Dicho informe fue complementado por su similar 263/2005, de 31 de agosto (fs. 6 y 7), en el que se aclaró que tal retención debía recaer sobre la papeleta de pago del funcionario mientras no efectúe la rendición de cuentas.

II.1.  Mediante informe jurídico 248/2005, de 22 de agosto (fs. 4 y 5), el  Jefe de la Unidad de Análisis y Gestión Jurídica de la Prefectura de Chuquisaca, recomendó a la Directora Departamental Administrativa y Financiera de esa entidad, la retención de los salarios de Rómulo Cruz Pemintel en su totalidad, por no haber rendido cuentas del Fondo en Avance que se le entregó el año 2003 para hacer frente a la sequía del Chaco Chuquisaqueño. Dicho informe fue complementado por su similar 263/2005, de 31 de agosto (fs. 6 y 7), en el que se aclaró que tal retención debía recaer sobre la papeleta de pago del funcionario mientras no efectúe la rendición de cuentas.