SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0952/2006-R
Fecha: 02-Oct-2006
REVOCA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos en revisión, REVOCA la Resolución 411/2005, de 20 de diciembre, cursante de fs. 32 a 33 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca y en consecuencia CONCEDE el recurso solicitado, disponiendo el pago de los sueldos del recurrente por los meses en que fueron retenidas sus papeletas de pago, sin costas.
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos en revisión, REVOCA la Resolución 411/2005, de 20 de diciembre, cursante de fs. 32 a 33 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca y en consecuencia CONCEDE el recurso solicitado, disponiendo el pago de los sueldos del recurrente por los meses en que fueron retenidas sus papeletas de pago, sin costas.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia constitucional
- derecho a percibir un salario justo
- presunción de inocencia
- derecho a la defensa
- garantía del debido proceso
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del presente caso
- REVOCA
- Fragmento 17