Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0953/2006-R
Fecha: 02-Oct-2006
III.4.
III.4. Por último, cabe aclarar y advertir, sobre el petitorio del recurrente en cuanto a que se determine la existencia de responsabilidad del recurrido, que dicha responsabilidad no puede imponerse al Presidente del Directorio de la urbanización San Carlos-San Andrés, toda vez que como se tiene referido en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo el recurrido se limitó a ejecutar mediante Resolución 2005, lo dispuesto en reunión de Directorio.