SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0989/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0989/2006-R

Fecha: 09-Oct-2006

I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio

El recurrente dirige el recurso de amparo constitucional contra Demetrio Vía Veizaga, Director Distrital de Educación del municipio de Llallagua, solicitando se le conceda el amparo disponiendo que la autoridad recurrida le otorgue una carga horaria de 120 horas, que se emitan resoluciones debidamente motivadas que justifiquen el rechazo a su justo pedido y se establezca responsabilidad civil.