Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0989/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
II.3.
II.3. El Director Distrital de Educación de Llallagua, por decreto de 19 de julio de 2005 declaró que el memorando 26559 ha sido anulado por la RA 025, de 7 de marzo de 2005 por la inexistencia de carga horaria real a la asignada. De otro lado señala que el Estado no está obligado a entregar “carga horaria acúmulo” sino de acuerdo al Capítulo X de la acumulación de cargos docentes, arts. 59 al 72 del Reglamento del Escalafón Nacional del Servicio de Educación de 18 de julio de 1957 (fs. 8).