Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0989/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
II.4.
II.4. El 22 de julio de 2005, el recurrente amparado en el art. 29 del DS 26319, de 15 de septiembre de 2001, presentó recurso de revocatoria contra el decreto de 19 de julio de 2005 (fs. 10 a 11 vta.); el 25 de julio de 2005, la autoridad recurrida decretó no existe “horas acúmulo” en la especialidad de su formación para asignar a ningún profesional y que el art. 29 del DS 26319 es sólo aplicable a la carrera administrativa del servicio de educación pública por lo que se está invocando una norma que no corresponde porque el impetrante pertenece a la carrera docente (fs. 11 vta.).