SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1009/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1009/2006-R

Fecha: 16-Oct-2006

1)

El Fiscal recurrido, en la audiencia pública de hábeas corpus (fs. 30 a 32) señaló lo siguiente: 1) a raíz de que la Presidenta del Servicio Nacional de Caminos, estaba citada para prestar su declaración informativa el 1 de septiembre de 2006 y no se hizo presente, a horas 16:30 la prensa se apersonó a su despacho para saber qué determinación se iba a tomar por dicha inasistencia; por ello, autorizó la entrada de los periodistas legalmente acreditados para informarles al respecto; sin embargo, antes de que autorizara que enciendan las grabadoras, el recurrente ya la tenía encendida, -extremo que le hicieron notar los mismos periodistas que estaban presentes-; quienes además le dijeron que el no era periodista y que tome algún recaudo de ley; por lo que sacó el “caset” de la grabadora del recurrente, disponiendo que espere en su despacho para después proceder conforme a ley; 2) por ello, refiere textualmente “bajamos a la oficina del piso 3 donde tengo la oficina principal y dispuse que mediante requerimiento sea trasladado a la FELC-C” (sic); y, si bien el recurrente aduce haber estado “arrestado” en dichas celdas, pidiendo su libertad, esa situación es falsa, conforme la certificación emitida por el Jefe de Arrestos de dicha repartición, que refiere que el recurrente, en ningún momento ingresó a dichas celdas. En suma, el recurrente nunca fue arrestado, sino sólo conducido a la FELCC 3) señala que el requerimiento inicial que emitió, dispuso se lo remita a la División de Delitos Económicos donde corresponde el “caso de Caminos”, quienes recibieron el mismo aproximadamente a horas 17:00, asignándose a un investigador y abriéndose el caso 5381, bajo la dirección funcional de la fiscal Teresa Vera; es decir, que el recurrente no permaneció más de 2 horas, y pasadas las mismas el caso fue puesto en conocimiento del Fiscal de turno del Ministerio Público; 4) asegura que anteriormente, recibió una llamada del recurrente, haciéndose pasar como periodista del diario “La Patria”, cuestionándole respecto a qué iba a pasar sino asistía la Presidenta del Servicio Nacional de Caminos, habiéndole indicado en esa oportunidad que no podía informar nada vía telefónica; 5) sostiene, que en su condición de fiscal tiene que precautelar su seguridad, ya que al igual que otros fiscales tiene muchos casos y no pueden permitir que una persona se infiltre, es decir, se haga pasar como periodista, más aún sino fue autorizada dicha grabación.