Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2006-R
Fecha: 16-Oct-2006
concedido
Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal del recurso al haber concedido el amparo solicitado, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.