Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2006-R
Fecha: 16-Oct-2006
Fragmento 14
"(…) es un presupuesto esencial para la procedencia de esta acción extraordinaria, señalar con precisión y claridad el derecho o la garantía que se considere lesionado, así como la amenaza de que esa lesión se producirá; en el caso que se examina, la recurrente considera que por los supuestos actos ilegales del Juez demandado, se amenaza con restringir la autonomía municipal del municipio de Cabezas.