SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2006-R

Fecha: 16-Oct-2006

concediendo

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso pronunció Resolución  concediendo el amparo solicitado, disponiendo que el Presidente del Servicio Nacional de Caminos sustancie el petitorio del recurrente y lo resuelva en el plazo de sesenta días. Como fundamentos se señalan: 1) pasaron cuatro meses desde el reclamo inicial sin que exista “ninguna acción de la justicia administrativa” silencio total que atenta contra la seguridad jurídica y el debido proceso, así como al derecho de petición; 2) al no haberse proveído a las peticiones ni impreso el trámite legal que señalan las normas administrativas se ha cerrado al recurrente toda opción de hacer valer sus derechos en las instancias pertinentes, porque no existe resolución o decisión alguna que impugnar.