Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1029/2006-R
Fecha: 16-Oct-2006
II.5.
II.5. El 10 de diciembre de 2000, Germán Julio Alfredo Rivero Benavides, Emilio Carlos Ramón Germán Rivero Benavides y Maria Susana Maritza Lila Rivero de Llosa, suscribieron un acuerdo transaccional con la asociación “Junta de adjudicatarios Carlos Andrés Perez, Siglo XX, sector Puntiti”, para reconocer a estos el derecho propietario sobre 11 ha. de terreno en el terreno que adquirieron a nombre de dicha Asociación Carlos García Acero y otros del padre de los demandantes, pues fue demandada la nulidad de dicha venta, dando con el acuerdo descrito, fin con esa demanda (fs. 303 a 307).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y Particulares recurridos y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.3.
- 2
- APROBAR