Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1033/2006-R
Fecha: 18-Oct-2006
III.3.
III.3. Finalmente, con relación a la Resolución del Tribunal de amparo que dispuso dejar sin efecto la Resolución 733/05 y ratificar la Resolución 137/2005, dictada por el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, así como la devolución del camión; se debe aclarar que, en virtud a los fundamentos expuestos, sólo correspondía dejar sin efecto la Resolución pronunciada por los recurridos, disponiendo que éstos dicten una nueva, debidamente fundamentada, conforme a las exigencias del art. 255 del CPP.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- decomiso preventivo de la mercancías, medios de transporte e instrumentos utilizados en la comisión del delito
- III.2.
- III.3.
- 1. APROBAR