Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1040/2006-R
Fecha: 20-Oct-2006
II.6.
II.6. Ante la demanda de reincorporación de la recurrente, el 9 (fs. 3) y 11 (fs. 4) de noviembre de 2005, la Inspectoría del Trabajo emitió citaciones para que la Gerente del Club correcurrida se presente a una audiencia, hasta que por memorando de 29 del mismo mes y año (fs. 5), se conminó su presentación. Por informe de 23 de enero de 2006 (fs. 59), la conciliadora del Ministerio de Trabajo, acreditó que si bien de inicio la recurrente solicitó su reincorporación, en la audiencia después de escuchar la oferta del Club Hípico “Los Sargentos”, cambió su posición pretendiendo un arreglo económico.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- a)
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- deben tener necesariamente conocimiento fehaciente del estado de embarazo de la mujer, estando vigente la relación laboral, o sea antes de que ésta concluya
- III.2.
- III.3.
- APROBAR