Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1064/2006-R
Fecha: 26-Oct-2006
concedido
Consiguientemente, el Juez de amparo al haber concedido el recurso de amparo respecto al exp. 2006-13561-28-RAC, por una parte y; por otra parte, al haber declarado improcedente el otro recurso de amparo respecto al exp. 2006-13599-28-RAC, ha realizado una correcta aplicación de las normas previstas por el art. 19 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concediendo
- I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- improcedencia
- 2006-13561-28-RAC
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- 2006-13599-28-RAC,
- III.1. En cuanto al expediente 2006-13561-28-RAC
- 1)
- III.2. En cuanto al expediente 2006-13599-28-RAC
- concedido