SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1064/2006-R
Fecha: 26-Oct-2006
I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
Expresa, que los recurridos tramitaron la moción de censura constructiva sin cumplir los requisitos previstos en los arts. 50 y 51 de la LM, específicamente el numeral 4 del último artículo, aprovechando la presencia de Nilda Quevedo en su calidad de representante de la Corte Departamental Electoral, por lo que al no haberse cumplido con todos los pasos previstos en el citado artículo, el trámite de moción de censura realizado por los recurridos -Ángel Ramos Cruz, Waldo H. Mamani Quispe e Ismael Quisbert Choque, Concejales del Municipio de Sapahaqui- están viciados de nulidad, como consecuencia de ello, se habrían realizado múltiples solicitudes ante diferentes autoridades administrativas como bancarias, por la supuesta ilegalidad de la sesión de moción de censura constructiva llevada a cabo por los recurridos, también indica que se violó el art. 14 de la LM, toda vez que no habrían elegido la nueva directiva municipal conforme prevé la citada Ley y, que se habrían cometido innumerables actos de falsificación por parte de los recurridos, como consecuencia, de ello se habrían violado los derechos que tiene toda persona al debido proceso al realizar una moción de censura sin cumplir los requisitos previstos en el art. 51 de la LM, violando la seguridad jurídica.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concediendo
- I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- improcedencia
- 2006-13561-28-RAC
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- 2006-13599-28-RAC,
- III.1. En cuanto al expediente 2006-13561-28-RAC
- 1)
- III.2. En cuanto al expediente 2006-13599-28-RAC
- concedido