SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1064/2006-R
Fecha: 26-Oct-2006
II.11.
II.11. Por acta de sesión ordinaria de 2 de marzo de 2006, el Concejo Municipal de Sapahaqui procedió a la consideración y votación de la moción constructiva de censura contra Orlando Callejas Poma, Alcalde Municipal, haciéndose presente en dicho acto la Vocal y la Secretaria de Cámara de la Corte Departamental Electoral de La Paz, haciendo constar que todos los documentos de la moción de censura se encontraban en orden y sin observación alguna; seguidamente comprobándose el quórum correspondiente se procedió a la votación logrando los tres quintos requeridos, por lo que procedieron a la remoción del Alcalde Municipal Orlando Facundo Callejas Poma, designando como Alcalde Municipal sustituto a Ángel Ramos Cruz (fs. 35 a 36 vta.); a cuya consecuencia, dictaron la Resolución Municipal 07/2006 de 2 de marzo, por la cual el Concejo Municipal de Sapahaqui, resolvió que al no tener confianza en Orlando Callejas Poma, Alcalde Municipal, de conformidad al art. 50.I y art. 51.5 de la LM, votó por la moción de censura constructiva por tres quintos de votos contra el mismo y, se procedió a la remoción, eligiendo en su lugar a Ángel Ramos Cruz, como nuevo Alcalde Municipal de Sapahaqui, quien debía tomar posesión de su cargo en el día (fs. 3 a 4).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concediendo
- I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- improcedencia
- 2006-13561-28-RAC
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- 2006-13599-28-RAC,
- III.1. En cuanto al expediente 2006-13561-28-RAC
- 1)
- III.2. En cuanto al expediente 2006-13599-28-RAC
- concedido