Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2006-R
Fecha: 26-Oct-2006
II.2.
II.2. En ejecución de Sentencia, luego del procedimiento de ley, por Auto de 18 de enero de 2005 (fs. 81 y vta.), se aprobó el remate efectuado el 13 de enero de 2005, siendo adjudicada la entidad coactivante, decisión con la que fueron notificados los coactivados mediante cédula en su domicilio (fs. 82), a través del Auto de 3 de febrero (fs. 84), fue declarada ejecutoriada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre.
- si bien este Tribunal ha establecido una excepción al principio de subsidiariedad del amparo
- si bien
- no pudiendo en la especie, además, aplicarse la excepción al principio de subsidiariedad
- III.3. En lo que concierne a los derechos de Eusebia Delgadillo de Tupa
- III.4. Terminología utilizada en las Resoluciones de amparo constitucional
- APRUEBA