Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2006-R
Fecha: 26-Oct-2006
II.4.
II.4. Ante la solicitud de “AGROCAPITAL” (fs. 123 y vta.), por decreto de 20 de diciembre de 2005 (fs. 124), la Jueza ordenó se libre mandamiento de desapoderamiento, tomando en consideración que, de acuerdo a su decisión de 27 de octubre de 2005 (fs. 104), los coactivados, ocupantes y poseedores del inmueble, fueron notificados (fs. 109).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre.
- si bien este Tribunal ha establecido una excepción al principio de subsidiariedad del amparo
- si bien
- no pudiendo en la especie, además, aplicarse la excepción al principio de subsidiariedad
- III.3. En lo que concierne a los derechos de Eusebia Delgadillo de Tupa
- III.4. Terminología utilizada en las Resoluciones de amparo constitucional
- APRUEBA