SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1092/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1092/2006-R

Fecha: 30-Oct-2006

denegó

La Sentencia 174/2005, de 9 de diciembre,  pronunciada por la Sala Civil Segunda de la  Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, cursante de fs. 180 a 181, denegó el recurso, sin lugar al pago de daños y perjuicios, con los siguientes fundamentos: a) el amparo constitucional se basa en los principios de inmediatez, que implica la protección inmediata de los derechos vulnerados y el de subsidiariedad que obliga a que se interponga cuando ya no existe otro medio para enmendar o modificar el acto que se tacha de ilegal o de la omisión indebida; b) de acuerdo a la jurisprudencia constitucional, los reclamos y los recursos pueden darse en un proceso que cuente con sentencia ejecutoriada o cosa juzgada formal, provisional, sustancial o material, en aquellos casos cuando se violentaron pasos, normas y preceptos formales dentro del procedimiento; c) la recurrente debió acudir primero ante el Juez de la causa y después al Tribunal Constitucional para solicitar las nulidades correspondientes al estado en que ellas consideren que debe volver el proceso ejecutivo y en su caso tiene como medio de defensa la apelación directa y ante un resultado adverso, si considerase que se vulneraron leyes o si hubieron actos ilegales, recién le está expedita la vía constitucional.