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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1125/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1125/2006-R

    Fecha: 08-Nov-2006

    II.4.

    II.4.  El 9 de febrero de 2001, la Jueza de la causa dictó Auto disponiendo se notifique personalmente al demandado para que en el término de tres días desde su notificación haga entrega de todos los bienes que se encontraban en su poder, -dejados por la de cujus Mery Irene Heredia Vda. de Revollo-, al demandante (fs. 16).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • a)
    • i)
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • denegando
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • APRUEBA

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