SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1125/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1125/2006-R

Fecha: 08-Nov-2006

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela de sus derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad, de la garantía del debido proceso, y al acceso a la justicia pronta y oportuna, consagrados por los arts. 7 incs. a) e i) y 16.IV de la de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por la autoridad recurrida puesto que: dentro del proceso de nulidad de testamento seguido por su parte, se dictó el Auto de Vista 076/2000 declarando probada su demanda e improbada la reconvención, por lo que desde el 26 de octubre de 2000, solicitó a la Jueza de la causa que ejecute el Auto de Vista y se ordene al demandado entregar el inmueble que ilegalmente poseía, dictando la Jueza el Auto de 9 de febrero de 2001, por el que ordenó al demandado que entregue, dentro del tercer día, todos los bienes que se encontraban en su poder dejados por la de cujus; sin embargo, dicha Resolución no fue cumplida negándole la Jueza recurrida sistemáticamente el cumplimiento del citado Auto, pues pese a haber solicitado que se ejecuten las Resoluciones dictadas en ejecución de sentencia más de veinte veces, hasta la fecha de interposición del presente recurso, la recurrida no ha dado curso a sus solicitudes, limitándose a dictar simples proveídos, incurriendo con ello la citada autoridad en evidente retardación de justicia, lo que le ocasiona un perjuicio económico irreparable, sin que pueda recurrir a ninguna instancia superior para la reparación de sus derechos vulnerados. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.