Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1125/2006-R
Fecha: 08-Nov-2006
II.6.
II.6. Mediante memorial presentado el 4 de agosto de 2001, el recurrente reiteró que se le entreguen los bienes retenidos por el demandado (fs. 21 y vta.); dictando la Jueza de la causa el Auto de 7 de agosto de 2001, para que se cumpla con lo dispuesto en el Auto de 9 de febrero de 2001 (fs. 22); recurrido en apelación el citado fallo, el Tribunal de alzada por Auto de Vista 041/2002, de 6 de junio, confirmó en su totalidad el Auto apelado (fs. 23 y vta.)