Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1161/2006-R
Fecha: 17-Nov-2006
II.5.
II.5. Con la respuesta del Banco Santa Cruz S.A. al incidente de nulidad planteado por el ejecutado, el Juez de la causa mediante auto de 20 de agosto de 2003 (fs. 370 a 371), abrió el término probatorio de seis días comunes y perentorios, plazo dentro del cual el ejecutado, presentó el certificado expedido por el Secretario de Cámara de la Sala Civil y Comercial Primera, por el que acredita que Carla Cecilia Chacón de Pino no es parte demandada dentro del proceso ejecutivo interpuesto por el Banco Santa Cruz S.A. contra Jaime Omar Pino Arellano, que no fue intimada al pago de la deuda y que la Sentencia ni el Auto de vista fueron pronunciados en su contra (fs. 372).