Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1167/2006-R
Fecha: 20-Nov-2006
II.1.
II.1. Dentro de la licitación pública nacional 01/2005 proyecto “Mejoramiento Camino Vecinal El Puente - Chafroso - 16 de Junio” (sic), a través de la nota HAM 005/2006, de 11 de enero, recibida la misma fecha (fs. 12), el Alcalde Municipal de El Puente, comunicó a la empresa constructora “E.I.T.” S.R.L., representada por el recurrente, que se adjudicó la ejecución de la obra, a la empresa constructora “Fuerza Nueva” U.P., adjuntando la Resolución Administrativa Municipal de Adjudicación 001/2006, de 9 de enero (fs. 13).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0351/2006-R, de 10 de abril,
- , dado que únicamente ha sido demandada la Presidenta del Concejo Municipal y no todos sus miembros como correspondía al tratarse de un ente colegiado
- sin embargo, esta acción tutelar ha sido dirigida exclusiva y únicamente contra
- III.3 Aclaración necesaria
- REVOCA