Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1167/2006-R
Fecha: 20-Nov-2006
II.3.
II.3. A través del memorial presentado el 24 de enero de 2006 (fs. 16 a 17 vta.), el recurrente interpuso recurso administrativo de impugnación contra la Resolución de adjudicación 001/2006, cuyo rechazo le fue comunicado por el Presidente del Concejo Municipal hoy demandado, a través de la nota de 1 de febrero de 2006 (fs. 22), a la que acompañó la RM 004/2006, de 30 de enero (fs. 23 a 25), firmada por los cinco concejales que integran dicho ente, mediante la que resolvieron el merituado rechazo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0351/2006-R, de 10 de abril,
- , dado que únicamente ha sido demandada la Presidenta del Concejo Municipal y no todos sus miembros como correspondía al tratarse de un ente colegiado
- sin embargo, esta acción tutelar ha sido dirigida exclusiva y únicamente contra
- III.3 Aclaración necesaria
- REVOCA