SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1192/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente señala la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a percibir una justa remuneración, a la defensa, al juez natural y de la garantía del debido proceso, por cuanto, se le siguió un proceso administrativo interno ilegal y arbitrario por supuesta falsedad de su certificado de egreso de contadora, habiendo sido suspendida de sus funciones de Directora del Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Pio X” Ltda., para finalmente sancionarla con suspensión de sus funciones por tres meses sin goce de dietas, sumario que no observó debido procedimiento, pues el Estatuto no prevé procedimiento alguno y si su conducta era delictiva, debió ser dilucidada por la jurisdicción competente y no por una Comisión especial, como aconteció en su caso. Corresponde, en revisión, analizar si en este caso se debe otorgar la tutela buscada.