Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1199/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
II.2.
II.2. Resolución 17/2006, de 31 de julio, la Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, rechazó las observaciones formuladas contra los bienes ofrecidos como fianza del coencausado Luis Fernando Roberto Landivar Roca, por lo que dispuso su registro en calidad de hipoteca judicial a favor de esa Corte, ante las oficinas de Derechos Reales de Santa Cruz, a cuyo efecto dispuso que por Secretaría de Cámara se expidan los testimonios pertinentes (fs. 1 a 2); Resolución que mereció las solicitudes de enmienda y complementación presentadas por los representantes del Banco Central de Bolivia y del Banco Internacional de Desarrollo S.A. en liquidación (fs. 11 a 13).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- sino también a todo funcionario judicial o administrativo que intervenga o participe en dicha actuación y de quien dependa para que la libertad concedida se haga efectiva”
- III.3..
- REVOCAR