I.2. Respuesta al recurso
Corrido en traslado el incidente, fue respondido por Walter Humberto Antonio Zuleta Buitrago (fs. 12 a 14 vta.), solicitando se rechace el recurso en mérito a que no cumple con los requisitos para su admisión, no señala la duda razonable y fundada, procede como vía concreta de control de constitucionalidad en procesos judiciales o administrativos que no tengan resolución o sentencia, puede ser interpuesto inclusive antes de la ejecutoria de la sentencia, situación que no se da en el presente caso.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- las únicas oposiciones válidas para el auxilio judicial son el pago y un recurso de anulación pendientes
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó
- II.1. Norma jurídica impugnada y normas constitucionales infringidas
- 1°
- la importancia de la misma en la resolución de la causa que origina el recurso
- antes de la ejecutoria de la sentencia
- Fragmento 10
- siendo ejecutoriado dicho Laudo Arbitral en fecha 7 de agosto del citado año
- pronunciará resolución admitiendo o rechazando promover el incidente
- 1º APROBAR
- 2º Llamar severamente la atención
