SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0097/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0097/2006

Fecha: 18-Dic-2006

II.4.

II.4.  El recurrente por memorial de 4 de septiembre de 2006, recusó al Juez de Partido en lo Penal Liquidador (fs. 316), mereciendo el decreto de 5 del mismo mes y año de: “Estése al Auto de Vista de fecha 4 de septiembre” (fs. 316 vta.), solicitando la nulidad de notificación con dicho proveído, así como el pronunciamiento sobre la recusación  (fs. 322), la que fue deferida respecto a la notificación por decreto de 12 de septiembre del año en curso (fs. 322 vta.).Posteriormente, reiteró al Juez su pronunciamiento sobre la recusación (fs. 325), mereciendo el decreto de 18 de septiembre de 2006, que señala no haber lugar a lo solicitado por haberse dictado el Auto de Vista (fs. 325 vta.).