Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1215/2006-R
Fecha: 01-Dic-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 13/2006, de 1 de marzo, cursante de fs. 48 a 49 vta. pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Víctor René Barrón Justiniano y Beatriz Eugenia Prado de Barrón contra Carlos Jaime Villarroel Ferrer y Blanca Alarcón de Villarroel, Vocales de la Sala Penal Tercera del mismo Distrito Judicial, señalando vulneración a sus derechos a la seguridad jurídica, tutela judicial efectiva, de la garantía del debido proceso y del principio de legalidad, previstos en los art. 7 inc. a), 16.IV y 32 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas
- “…la corrección de la actividad procesal defectuosa dentro de los procesos penales puede hacérsela por la vía incidental ante el juez cautelar en la etapa preparatoria o ante el Juez o Tribunal de Sentencia en el juicio oral, y, en su caso, a través del recurso de apelación restringida
- 1)
- III.2. Caso analizado