SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1217/2006-R
Fecha: 01-Dic-2006
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 3 de octubre de 2006 (fs. 4), el recurrente solicitó nuevo señalamiento de audiencia de cesación de detención preventiva, cursando el decreto de 4 del mismo mes y año (fs. 4 vta.) que señala: “Estése a lo dispuesto en providencia de fecha 28 de septiembre de 2006” (sic). En cuyo mérito, por memorial de 6 de octubre de 2006 (fs. 5 y vta.), el recurrente interpuso recurso de reposición, ante la vinculación efectuada por el Juez de un incidente de nulidad con la solicitud de cesación, razón por la cual, por Auto de 7 de octubre de 2006 (fs. 7), el Juez recurrido dejó sin efecto la providencia de 4 de octubre de 2006, señalando audiencia para considerar la solicitud de cesación para el 20 de octubre de 2006; la que de acuerdo a lo informado por el Juez recurrido no se llevó a cabo a solicitud del recurrente y por su incomparecencia, señalando una nueva audiencia para el 30 de octubre de 2006.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- b)
- II.1.
- II.2.
- i)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- es condición esencial que la parte imputada esté presente y no solamente su abogado
- III.4.
- APROBAR