SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1240/2006-R
Fecha: 08-Dic-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente solicita tutela de su derecho a la seguridad jurídica y de la garantía del debido proceso, consagrados por los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por las autoridades recurridas puesto que: dentro del proceso laboral que se sigue en su contra, se notificó con la Sentencia a la parte demandante en el único domicilio procesal señalado por dicha parte, por lo que la notificación era válida y completamente legal, pese a ello los demandantes interpusieron incidente de nulidad de notificación que fue rechazado por la Jueza de primera instancia, pero en apelación los Vocales recurridos mediante Auto de Vista 96/05, de 4 de octubre de 2005, revocaron la Resolución apelada anulando obrados hasta nueva notificación con la Sentencia; Auto de Vista indebido e ilegal pues el mismo se basó en argumentos que no hacen al régimen procesal de la notificación con la sentencia. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la recurrente a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- Fragmento 5
- i)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- 1)