Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1277/2006-R
Fecha: 12-Dic-2006
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de 1 de marzo de 2006, cursante de fs. 88 vta. a 90, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, y en consecuencia declarar IMPROCEDENTE el amparo solicitado por no haber ingresado al fondo del asunto.