SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1277/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1277/2006-R

Fecha: 12-Dic-2006

denegó

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional denegó el recurso interpuesto en consideración a que se llegó a constatar que los Jueces recurridos han hecho una correcta aplicación de las normas sin vulnerar ningún derecho constitucional ni el derecho a la seguridad jurídica invocado por el recurrente pues de acuerdo con el art. 1493 del CC el contrato celebrado concedió un plazo de sesenta días desde cuyo vencimiento el titular en su condición de acreedor podía ejercer su derecho a reclamar el pago; es decir desde el 30 de mayo de 2000, fecha desde la cual empezó a correr el cómputo de la prescripción. La demanda presentada dentro de los cinco años fue notificada posteriormente, en el mes de junio cuando el 30 de mayo de 2005, ya prescribió el derecho, o sea, al haberse declarado extinguida la acción por efecto de la prescripción, las autoridades recurridas han obrado correctamente.