AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2006-ECA
Fecha: 13-Feb-2006
I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
Por memorial de 19 de enero de 2006, las autoridades recurridas señalan que habiendo sido notificadas personalmente con la SC 1584/2005-R, de 7 de diciembre; que declaró procedente el recurso de hábeas corpus, el 19 de enero a horas 10:00, solicitan aclaración y enmienda de la misma, pues la referida Sentencia Constitucional emerge de una solicitud de cumplimiento de la SC 1084/2002-R, de 9 de septiembre a efectos de que se tome declaración informativa al imputado Eustaquio Soliz Escobar; empero, esta solicitud de cumplimiento data de 2004, cuando ya existía Sentencia condenatoria ejecutoriada en contra suya con calidad de cosa juzgada a raíz de que al momento de solicitar este cumplimiento, se omitió aclarar este extremo, razón por la cual se conforma otro cuaderno procesal paralelo e incompleto sin los actuados del proceso concluido, lo que derivó en confusión aparentando que sobre el recurrente pesaba una detención cautelar indebida cuando ya cumplía una condena.
Este nuevo cuaderno procesal generó conflictos de competencia, así el Juzgado de Vallegrande se declaró incompetente ante la solicitud de cesación de detención presentada por Eustaquio Soliz Escobar con el argumento de existir ya una Sentencia condenatoria en su contra, remitiendo la causa al Juzgado de Montero donde esta vez fue el recurrente quien promovió conflicto de competencia resuelto por la Sala Penal Primera conformada por los vocales recurridos; Sala que se abocó únicamente a resolver la competencia de los jueces, más en ningún momento afectaron o contribuyeron a prolongar la supuesta detención indebida de Eustaquio Soliz Escobar, remitiendo la causa al Tribunal de Camiri, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, quienes solicitaron la acumulación de ambos cuadernos procesales.
- Teresa Lourdes Ardaya, Teresa Vera de Gil y Jacinto Morón Sánchez, vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz,
- I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
- a)
- se aclaren
- II. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- la decisum que se refiere a la decisión tomada en el caso concreto
- II.2.
- un estudio integral de la causa de donde emerge la solicitud
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.