Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2006-ECA
Fecha: 13-Feb-2006
se aclaren
En tal sentido, pide se aclaren los siguientes extremos: i) cuál Sentencia Constitucional anuló la Sentencia condenatoria, el Auto de Vista que la confirma y el Auto Supremo que le corresponde; ii) si existe sentencia condenatoria ejecutoriada contra el recurrente, iii) si la Sala que conforman podía disponer la aplicación de una medida cautelar cuando sólo estaba resolviendo un conflicto de competencia, en virtud del cual dos tribunales se habían separado de la causa, siendo además un tribunal de apelación. Asimismo, solicita se enmiende la parte de la SC 1584/2005-R que dispone la remisión de antecedentes para el procesamiento de las autoridades recurridas.
- Teresa Lourdes Ardaya, Teresa Vera de Gil y Jacinto Morón Sánchez, vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz,
- I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
- a)
- se aclaren
- II. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- la decisum que se refiere a la decisión tomada en el caso concreto
- II.2.
- un estudio integral de la causa de donde emerge la solicitud
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.