Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2006-RCA
Fecha: 17-Feb-2006
revisión
En revisión la Resolución de 23 de agosto de 2005, cursante de fs. 681 a 683, pronunciada por la Sala Penal Segunda, de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Julio Cesar Herrera Bassta en representación legal de Oscar D. Fonseca contra Roger Robles Toledo, Juan Carlos Urenda Díaz y Rosely Zambrana Marchetty, Tribunal Arbitral; Grover Núñez Klinsky, Juez Cuarto de Partido en lo Civil; por haber vulnerado sus derechos, previstos en los arts. 16. IV y 19 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- revisión
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la demanda
- Improcedente
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2
- la SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre, ha precisado reglas y sub reglas de aplicación del principio de subsidiariedad, cuando señala:
- improcedencia del amparo por los actos consentidos libre y expresamente; así lo determina el art. 96.2 de la Ley del Tribunal
- II.4.
- in limine
- APROBAR,