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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0120/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0120/2006-R

    Fecha: 01-Feb-2006

    II.3.

    II.3.A horas 9:00 del 9 de diciembre de 2005, la representante del Ministerio Público presentó memorial en el que opuso la excepción de incompetencia del Juez cautelar, puesto que la Fiscalía había presentado la acusación a la Sala de repartos, por lo que la audiencia señalada para ese día no podía llevarse adelante (fs. 32-34).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • a)
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • cabe señalar que al estar radicada la causa en el Tribunal de Sentencia, como efectos de la acusación formulada por el Ministerio Público, por razones de economía y celeridad procesal resulta conveniente que la referida solicitud tenga que ser considerada por el Tribunal de Sentencia, conforme ha sido dispuesto por el Juez de hábeas corpus a fin lograr el mayor resultado con el mínimo de actividad de la administración de justicia, cual es el objetivo de los referidos  principios”

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