SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0120/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0120/2006-R

Fecha: 01-Feb-2006

II.4.

II.4.La audiencia señalada para el 9 de diciembre de 2005, fue instalada por el Juez recurrido, que actuaba en suplencia legal del titular, quien seguidamente procedió a suspender el actuado, arguyendo que de la revisión del cuaderno de control jurisdiccional se evidenciaba que el Ministerio Público había interpuesto una excepción de incompetencia y entretanto no se resuelva la misma la audiencia no podía llevarse a cabo.

Contra esa determinación, el abogado del actor interpuso recurso de reposición  en el entendido de que vulneraba el derecho a la libertad de su patrocinado, siendo en su criterio más importante resolver la solicitud de cesación de la detención preventiva que la excepción, más aún cuando a esta última ni siquiera se imprimió el trámite de ley.

El Juez resolvió el incidente pronunciando el siguiente Auto “ Vistos: A merito de lo manifestado por la defensa técnica de la parte imputado, lo requerido por la representación del Ministerio Público, el órgano jurisdiccional no ha vulnerado derechos y garantías constitucionales del imputado Martirian Colque Flores, en consecuencia y tomando en cuenta que la cesación de la detención preventiva aún puede ser considerada por el Tribunal de Sentencia, toda vez que en obrados ya se encuentra la copia de la resolución de la radicatoria del caso de autos, en consecuencia entretanto no se resuelva la solicitud de excepción de incompetencia, no ha lugar a lo impetrado por la defensa del imputado, en consecuencia se ratifica la suspensión simple y llana de la presente audiencia” (sic).