Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0139/2006-R
Fecha: 06-Feb-2006
II.5.
II.5. Por Resolución STR/LPZ/RA 0008/2005, de 21 de enero (fs. 13-19), el recurrido Superintendente Tributario Regional La Paz, resolvió revocar la Resolución Administrativa GROGR ULEOR 033/2004, de 7 de mayo, consiguientemente extinguida la obligación tributaria establecida en Bs406.189.- contra la Empresa Pisco S.R.L. y la Agencia Despachante de Aduana OTEDESA. Dicha Resolución fue notificada el 26 de enero de 2005 (fs. 20), mediante copia fijada en la Secretaría de la Superintendencia Tributaria Regional La Paz a los representantes legales del Administrador de la Aduana Frontera Tambo Quemado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- por memorial fechado el 14 de febrero de 2005, la parte actora formuló recurso jerárquico contra dicha Resolución, lo que implica que los recurrentes efectivamente asumieron conocimiento de la decisión emitida por el Superintendente Tributario Regional de La Paz
- III.3.