SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0140/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0140/2006-R

Fecha: 06-Feb-2006

II.8.

II.8.  Por informe pericial de 4 de febrero de 2005, el Perito de Revenido Químico, concluyó que la grabación de los alfanuméricos identificatorios del Motor 3A6627149, llevan impresos en bajo relieve, haciendo notar que en el calco alfanumérico y la fotografía del motor se observa que no existe adulteración; sin embargo, la grabación de los alfanuméricos identificatorios del Chasis AE813019441, llevan impresos en bajo relieve, practicado el proceso de revenido químico existe signos latentes de alteración, no presentó reacción ni alteración en el alfanumérico cuestionado, ya que son números artesanales hechos manualmente que no son originales de fabricación se pudo observar que fue insertada una plancha metálica soldada en el campo alfanumérico del Chasis; finalmente observa que los alfanuméricos de la “plaqueta del fabricante” no presenta signos de adulteración y no está el número del chasis correspondiente al vehículo cuestionado, revisado en el sistema del RUA, el número de chasis de la plaqueta de fabricación que es: AE813022361 perteneciente al vehículo de propiedad de Cirilo Meneses Ledesma  (fs. 76 a 83 de la documentación complementaria).