Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0165/2006-R
Fecha: 10-Feb-2006
II.5.
II.5. El 8 de abril de 2005, el Director Jurídico y de Transparencia Municipal de la Alcaldía Municipal, remitió al Alcalde Municipal los recursos jerárquicos interpuestos por los recurrente y otros, informando que al no haber resuelto el Concejo Municipal el recurso jerárquico dentro de los quince días hábiles, éste se tenía por denegado, por lo que correspondía su remisión al Departamento de Ventanilla Única para su archivo (fs. 15).