SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0166/2006-R
Fecha: 10-Feb-2006
1)
A su turno la Fiscal co-recurrida, adhiriéndose a los fundamentos del Juez recurrido informó lo siguiente: 1) no ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del imputado por haber presentado la imputación; 2) los abogados defensores de oficio nombrados argumentaron de que su moral o religión no les permite defender al imputado, razón por la cual se han tenido que designar distintos abogados a lo largo del proceso; 3) una vez citado el recurrente personalmente el 27 de junio de 2005, para una audiencia al día siguiente su abogado no concurrió, lo cual se hizo constar en la imputación indicándose que no se le tomó la declaración que la misma le sería tomada luego de notificársele con la imputación, dado el temor que existía de su hija y de su esposa. Para el referido acto, se le hizo conocer a la abogada “Leyscy Anivarro” (sic), que subsanando procedimiento se le extendería la citación para que preste su declaración, pero fue sorprendida con un memorial que decía que no asistiría, a lo que se decretó el 2 de diciembre, que especifique a cual de los procesos correspondía la representación; y 4) no ha existido violación de ningún principio constitucional pero sí un error procedimental que será solucionado antes de formular el acto conclusivo.