SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0179/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0179/2006-R

Fecha: 17-Feb-2006

II.2.

II.2.  A fs. 15 cursa el informe de la Actuaria del despacho, señalando que el impetrante no es parte en el referido proceso y que no adjunta la respectiva consulta de arraigos; solicitando ante ello el Juez de la causa, informe la Dirección Nacional de Migración sobre la situación del solicitante, en razón de no figurar en el oficio de fs. 5 (fs. 15 vta.). A fs. 16 cursa el informe del Jefe de Arraigos y Desarraigos del Servicio Nacional de Migración, de 7 de septiembre de 2005, haciendo conocer que el arraigo del recurrente se halla registrado el 11 de octubre de 2001, en la base de datos (fs. 16).