Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0179/2006-R
Fecha: 17-Feb-2006
II.5.
II.5. El 10 de noviembre de 2005, el actor dirigiéndose a la autoridad ahora recurrida, reiteró la solicitud de desarraigo, debiendo para el efecto señalarse día y hora de audiencia (fs. 22), decretándose el 11 de noviembre, en sentido de que con carácter previo se aclare las medidas interpuestas por el Juzgado que hace referencia, debiendo adjuntar fotocopia de la resolución expedida por la autoridad competente que en ese entonces se encontraba en funciones, señalando además que cumplido que sea lo solicitado se dispondrá lo que fuere de ley (fs. 22 vta.).