Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2006
Fecha: 07-Mar-2006
II.4.
II.4. Por Acuerdo de Sala Plena 09/2005, de 16 de septiembre de 2005, dicha Sala, considerando que el ministro Armando Villafuerte Claros, ministro integrante de la Sala Civil Primera se encontraba con licencia desde el 5 de septiembre de 2005, en uso de la facultad concedida por el art. 63 inc. 11) de la LOJ, resolvió lo siguiente:
“Determinar la suspensión de plazos procesales para dictar resolución en los procesos sorteados el 19 de agosto de 2005 al ministro Armando Villafuerte Claros y de todos los procesos que han correspondido como relatora a la ministra Emilse Ardaya Gutiérrez y que a la fecha tiene proyecto de resolución.